20 abril 2007

Acoso y derribo: una visión externa

Los dos últimas entradas de este blog corresponden al relato que un ex compañero de trabajo. En ellas cuenta muy resumidamente como comenzó, lo que le tocó vivir y como salió de la empresa. En este post describiré como lo observé desde mi puesto.
La legalidad permite hacer la ilegalidad. ¿Cómo? Se puede crear una circunstancia que en un momento concreto signifique una cosa que no tiene que ver con una trayectoria desarrollada. Por ejemplo: puedes ser el mejor estudiante del mundo, con las mejores calificaciones, pero el día que vas a hacer un examen crítico para tu futuro, estar muy enfermo que te salga mal o que no exprese lo que has trabajado los años anteriores. De cara a la ley tienes una calificación por lo que has hecho ese día, aunque el resto de tu vida lo hayas hecho mucho mejor. Lo que vale son los resultados concretos en ese día. No es el mejor de los ejemplos, y en este caso no hay ilegalidad, pero se hacen una idea de lo que quiero decir. A mi ex-compañero le sucedió algo por el estilo, con la diferencia de que a él le pusieron la zancadilla. La empresa sólo quería licenciados o aguantar a pringadillos que realizasen funciones complejas a bajo coste. De esta manera, sobraban piezas en el tablero. Además el jefe quería descargar en él la frustración por la salida imprevista de la empresa de otro empleado. Le fueron quitando funciones poco a poco, a ver si conseguían que se diera por aludido. Una empresa mínimamente seria plantearía el problema, buscaría soluciones y si no se puede llegar a alguna solución satisfactoria para las partes, despediría al empleado de una forma digna y adecuada. Mi empresa no era de ese tipo. Que el trabajador se vaya sólo es más barato que echarlo. Pasaba el tiempo y apartar y sustraer actividad no estaba dando resultado. Un día, como mi ex-compañero bien relata, le echaron directamente. La razón: bajo rendimiento. La legalidad permite la ilegalidad. Voy quitándote tareas hasta que no tengas nada que hacer y en ese momento demuestro falta al deber y a las obligaciones (ya que éstas no existen).
Lo que mi compañero no pudo vivir fue la justificación que mi jefe dio a toda la empresa. Mientras estábamos trabajando, entró por la puerta y nos conminó a parar cualquier tarea que estuviéramos haciendo para que le prestáramos atención. Nos habló de otra compañera que recientemente había dejado la empresa y luego nos dijo respecto a este compañero: "Él no estaba haciendo nada, todos lo vimos... ¿verdad? Todos lo veíamos". Jajaja. Buscaba en los miembros de la empresa una afirmación, un asentimiento, cualquier expresión que pudiera justificar su acción, consciente de que lo había hecho mal y de que todos sabíamos como se había portado. Trataba de convencernos de algo en lo que ni él creía. Indiferencia y frialdad fue lo que recibió. Sólo los acólitos le seguían el juego.

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Como siempre el jefe resulta que es el agraviado y obligado por la circunstancia no tiene más remedio que tomar la decisión, con lágrimas en los ojos (de cocodrilo, claro), de poner de patitas en la calle a un empleado vil y ruín que no ha hecho otra cosa que aprovecharse de la empresa...

Y eso de buscar el apoyo popular (a toro pasado, claro) a una decisión absolutamente pueril, resulta de lo más maniqueísta y manipulador. ¿A quién quería engañar? mi situación en la empresa era bien conocida por todos.

Anónimo dijo...

werwerw

Anónimo dijo...

Perdon por el mensaje anterior.

Nunca me dejaba publicar.

Y dejar sin tareas a un trabajador es ILEGAL.


Viene en el estatuto de los trabajadores. Hacerle el vacio a un empleado quitandole competencias(vamos dejarle sin nada q hacer) es ILEGAL es una forma de abuso y acoso laboral.

Cuando encuentre el articulo en concreto te lo pongo.

Pero vamos es de las cantosas y las que mas facil se demuestran.

(No se mucho de leyes pero en los ciclos formativos si estudiamos eso)

Anónimo dijo...

Redacción vigente
1 Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance
que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:
a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
b) Libre sindicación.
c) Negociación colectiva.
d) Adopción de medidas de conflicto colectivo.
e) Huelga.
f) Reunión.
g) Participación en la empresa.
2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
a) A la ocupación efectiva.
b) A la promoción y formación profesional en el trabajo.
c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez
empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por
esta Ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas
políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de
lengua, dentro del Estado español.
Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se
hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
Esta letra ha sido modificada por:
– Art. 37.1, Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del
orden social.
d) A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
e) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad,
comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso
sexual y al acoso por razón de sexo.

Y bueno sigue el articulo cuarto pero no lo voy a poner todo.


Lo que nos interesa es el 4.2a
Ocupacion efectiva.

Vamos que te contratan pa algo y no te pueden hacer eso de dejarte mirando al aire.

Que hacer en ese caso no lo se pero es ILEGAL.

Erkemao dijo...

Muchas gracias anónimo. La información que aportas es muy valiosa. Siempre había pensado que este tema era un resquicio en la ley por donde los empresarios se podían colar, porque es muy difícil de demostrar, y ya veo que está perfectamente contemplada.
Entonces, si te contratan para algo y la empresa cambia su actividad, ¿te tienen que reasignar o despedir para no dejarte en una situación como la del compañero?
Saludos.

Erkemao dijo...

nasghoul, fue muy deprimente ver a aquel sujeto intentando justificar el despido Casi parecía que imploraba que le dieran la razón. Al final pienso que se engañaba a sí mismo. Como dices, todos sabíamos lo que había.

Anónimo dijo...

Increible!! Yo estoy de acuerdo con nasghoul, vamos es que es una verguenza!!! Un saludo.

Anónimo dijo...

No estoy muy seguro pero creo que tienen que darte formacion para adaptarte.

Lo que si es seguro es que si te despiden no es un despido como el que hicieron a tu compañero.

Si te pueden echar por bajo rendimiento. Y es legal pero dejar sin trabajo al empleado no es eso.

Ah y OJITO con los despidos porque quedan registrados todos en tu historial de la "inseguridad social".

Y las empresas si no estoy mal informado pueden pedirlo y no queda muy bien eso de despido "por rascarse la barriga".

Creo que es exactamente igual que en trafico cuando pides los datos asociados a una matricula(6 euros por si a alguien le interesa). Puedes pedirlos uno a uno pero no es una base de datos de acceso libre.


Una sugerencia para tu bitacora es que en estos casos si tienes información como sobre tratar el tema. Que pongas los derechos que tienes o las consecuencias, como la "mancha" en el expediente laboral de tu compañero. Te leo a diario y estoy enganchado como las marujas a una telenovela pero da la impresión de que el jefe a pesar de su bajeza moral y personal tiene todo de su parte.


Si al final del articulo pones como deberia ser por ley. Ademas de servirte para conocer mejor tus derechos. Sirve para que los demas sepan cuan explotado estabas y no lo aguanten ni cinco minutos si se encuentran con ACME.SA reloaded.


Por ejemplo en las horas extras y el plus de la nómina de dedicacion exclusiva.

Aunque no te las pague las puedes cobrar en dias libres. Ojo creo que tienes 3 meses para cobrarte esos dias. Si te las pagan no te las pueden pagar a menos de una hora normal de sueldo(un amigo que trabajaba de "estibador" cobraba las horas extra a mitad de sueldo).

Si trabajas en horario de noche no te pueden obligar a hacer horas extras y encima es ilegal hacerlas. Y el horario de noche empieza a la 22:00 no a las 0:00 como intentan colar algunos jefes.

Y solo te pueden obligar a hacer horas extras por imprevistos. Por ejemplo trabajas en una fabrica y se estropea la instalacion electrica. Si te pueden obligar a hacer horas extras para recuperar el tiempo.

Y ademas entre jornada y jonada laboral (no se si cuentan las horas extras) tienen que pasar al menos 12 horas.


Como en los buffet libre sirvase usted mismo.

Anónimo dijo...

Perdon se me olvido poner lo de la nomina. Se puede acordar la dedicacion exclusiva pero no te lo pueden imponer.

Icluso una vez aceptado si renuncias al plus puedes trabajar en otro sitio cuando quieras y el jefe no se puede negar.



21.1. No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos
empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena
dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se
convengan.

21.3. En el supuesto de compensación económica por la plena dedicación, el
trabajador podrá rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo,
comunicándolo por escrito al empresario con un preaviso de treinta días, perdiéndose en
este caso la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación.

Anónimo dijo...

Ah el ministerio de trabajo edita todos los años el libro del estatuto de los trabajadores en tamaño camion con lso articulos explicados al por menor. Es un poco caro pero es muy util.

Erkemao dijo...

Anónimo, eres toda una fuente de información. La verdad que te lo has currado un montón.
Gracias por seguirme y me parece una buena idea poner un apéndice en los post con la normativa que les pueda afectar. Ahora ando algo liado, pero me pondré a ello con la información que me has pasado y otra que pueda conseguir.
Gracias.
Un saludo.

Por cierto, en un futuro post comentaré algo de lo que me informas sobre el registro de causas de despido... a un compañero trataron de hacerle algo parecido... pero era el menos indicado.. porque precisamente a ese me da que el jefe le tenía miedo ;)